Proyecto Transgénero, Quito, Febrero de 2009.
I AVANCES LEGISLATIVOS EN MATERIA DE IDENTIDAD CIVIL - ECUADOR
En cuanto a la reivindicación de la identidad civil en la cédula de ciudadanía ecuatoriana, “… la estrategia jurídica de la Patrulla Legal del Proyecto Transgénero ha sido la de avanzar por la vía del litigio paradigmático. Así, con el caso “Ciudadana Luis Enrique Salazar contra el Registro Civil del Ecuador” (como se conoce paradigmáticamente el reclamo interpuesto por violación de derechos a Gabriela Salazar, trabajadora sexual de la Y, miembro del Proyecto Transgénero), se sentó un precedente nacional que benefició no sólo a las personas trans sino a todos aquellos colectivos e identidades que exhiben “estéticas alternativas” y que, de uno u otro modo, han sufrido discriminaciones parecidas a nivel del Registro Civil. Esta hermandad con otros colectivos tiene una importancia política suprema desde la perspectiva activista del Proyecto Transgénero, pues nos consideramos un colectivo transfeminista e intercultural que plantea el diálogo interidentitario (“identidades en diálogo”) como pilar de toda acción jurídica, cultural, social, política y sobretodo, combinada.
En el caso “Ciudadana Luis Enrique Salazar” acudimos a la estrategia en uso alternativo del derecho que suelo denominar “forzar una violación expresa”. Para entender esta estrategia, es fundamental considerar que en muchas ocasiones, la institucionalidad no manifiesta abiertamente sus criterios discriminatorios (por ejemplo negarse a cedular a ciudadan@s transgénero) sino que se producen violaciones solapadas y tácitas. Lo que sucedía comúnmente era que, en particular las transgénero femeninas, cedían ante las órdenes arbitrarias de l@s funcionari@s del Registro Civil, que condicionaban la cedulación a desmaquillarse, recogerse el pelo, sacarse aretes y masculinizarse. Al ceder, jurídicamente, el Registro Civil no cometía violación alguna, pues la conversión estética resultaba un acto voluntario de la persona trans cuyos derechos se estaba violentando. En el caso Luis Enrique Salazar, al no ceder y retirarse de las dependencias de Registro Civil en consecutivas ocasiones, el Proyecto Transgénero obligó al Registro Civil a evidenciar que había negado la prestación de un servicio público y, por lo tanto, a pronunciarse ante el particular.
Se solicitó entonces, mediante intervención de la Defensoría del Pueblo que el Registro se pronuncie sobre su negativa de cedular “a la ciudadana Luis Enrique Salazar, de sexo legal masculino, género, femenino, ecuatoriana, mayor de edad” En una conquista menor, pero también significativa, ambas instituciones, Defensoría y Registro Civil hicieron uso de este histórico lenguaje femenino para referirse a una persona trans femenina, precedente que permitió después, que en la actualidad, la Policía Nacional levante partes en los que se detalla la detención de una persona trans, con este lenguaje género-sensible”.
Texto tomado de: “Identidad de Género e Identidad Civil: Litigio Paradigmático y Avances Normativos en el Ecuador”, Elizabeth Vásquez, Archivos del Proyecto Transgénero - Cuerpos Distintos, Derechos Iguales, www.proyecto-transgenero.org, Quito, 2008.
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